lunes, 27 de mayo de 2013

AUTORIA Y CREACION DEL SOFTWARE

El derecho de propiedad que se genera de forma automática por la creación de diversos tipos de obras.

Propiedad intelectual
Es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares respecto a las obras y prestaciones fruto de su creación, conjunto de prerrogativas y beneficios que las leyes reconocen y establecen a favor de los autores y de sus causas ambientes, por la creación de obras artísticas, científicas, industriales y comerciales.

Propiedad Industrial
Designa los derechos sobre bienes inmateriales que se relacionan con la industria y con el comercio, Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención.

Requisitos de Tramite de solicitud de registro de obra de programas de Cómputo
*      En caso de personas morales se debe presentar el instrumento notarial o documento legal correspondiente, así como la de su representante legal.
*     
En caso de que el titular sea persona diferente al autor el documento para acreditarlo (contrato de transmisión de derechos patrimoniales, carta de colaboración, obra por encargo etc.)
*     
En caso de obra seudónima sobre cerrado con los datos personales del autor.

Que se considera Publico y Privado
Lo privado se considera como con la esfera de la exclusividad
público con la esfera de la generalidad

Contratos y Licencias de Software
Las licencias, son contratos suscritos entre los productores de software y los usuarios.
*      Software propietario
propietario es donde el dueño controla su desarrollo y no divulga sus especificaciones.
*      Software de demostración (demo).
son versiones gratuitas de programas de pago.

*      Software libre.
El software libre suele estar disponible gratuitamente

*      Software de dominio público.

El software de dominio público no está protegido por las leyes de derechos de autor y puede ser copiado por cualquiera sin costo alguno

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